Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada por el ciudadano VICTOR ANTONIO CIANCIA BIONDO, identificado con la cedula de identidad N° V.-16.564.788, contra la ciudadana MARIA VERONICA VIELMA GUTIERREZ, identificada con la cedula de identidad N° V-19.145.475, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veinticinco (25) de Agosto del año 2017, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre, del Estado Bolivariano de Miranda, Municipio Sucre, según acta de Matrimonio N° 297, Folio 47, Tomo II, Año 2017. Con fundamento en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictada en el expediente N° 1070, d.....