Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, impartiendo Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se Admite el recurso de Apelación de Auto interpuesto por las abogadas María Eugenia Amundaray Martínez y Eumary Sofía Torres Amundaray, inscritas ante el Inpreabogado bajo los números 74.536 y 304.339 respectivamente, en su carácter de defensoras privadas del ciudadano Francisco Javier Cisneros Arguinzones, identificado con la cédula número V.17.246.311, en contra de la decisión de fecha 13.08.2025 dictada por el Tribunal Segundo (2°) de Primera (1ª) Instancia en función de Juicio del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la circunscripción judicial del estado.....