Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO presentada por los ciudadanos DEIVI RODRIGUEZ ARRATIA y YNGRYS EVELIN PEREZ BANDES, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nros. V-12.142.021 y V-12.140.959, respectivamente, asistidos por la abogada YNDIRA DEL CARMEN BALDUZ MARTINEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 74.203. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante registro civil del Registro el Municipio Sucre, del estado Aragua, en fecha 23 de diciembre del año 1.992, según acta No. 524, Tomo III, Año 1.992, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el ejecútese definitivo de la .....