Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Competente para conocer el presente recurso de Apelación interpuesto por abogada Maria Eugenia Amundaray Martinez, inscrita ante el Inpreabogado bajo el número 74.536, en su carácter de defensora privada del imputado Francisco Javier Cisneros Arguinzones, identificado con la cédula número V.17.246.311, en contra de la decisión de fecha 17/03/2026 emanada del Tribunal Segundo (2°) de Primera (1ª) Instancia en función de Juicio del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la circunscripción judicial del estado Aragua, en el asunto distinguido alfanuméricamente DP01-S-2023-000614 (nomenclatura interna del tribunal de origen).-
Segundo: Sin lugar el recurso de Apelación .....