Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Aragua en funciones de Noveno de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA: ABRIR JUICIO ORAL Y PÚBLICO al ciudadano VICTOR NASARIO PRIETO, quién es venezolano, de 46 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-4.409.718 y residenciado en Sector Los Tanques, callejón Central casa N° 02, Villa de Cura estado Aragua; por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el Artículo 376 Párrafo Segundo del Código Penal; en perjuicio de la niña MARÍA DE LOS ANGELES BORGES; por lo que las partes quedan emplazadas para que en el plazo de cinco (05) días concurran ante el Juez de Juicio correspondiente, por lo tanto el secretario del Tribunal remitirá al Tribunal competente la documentaci.....