Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL, contraído por los ciudadanos CARLOS VICENTE OLIVERO PARRA y NIEVES ROSALIA PANTOJA BRACAMONTE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos 17.471.823 y 16.691.960, identificados en autos el día 06 de julio de 2006 por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, bajo el Nº 67.