En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal DECLARA: Que no tiene competencia para seguir conociendo de la presente Demanda de Divorcio 185-A presentada por los ciudadanos JHONNIS RAFAEL DIAZ y LUZ MARYS MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nº V-11.209.436 y 17.054.132, debidamente asistido por el abogado DELFIN ANTONIO DIAZ ABREU, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.165.085 de este domicilio; en razón del territorio y declina su competencia al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Barbará de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, acordando remitir las actuaciones que anteceden al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, una vez vencido el lapso para la interposición del recurso de regulación de la competencia (art. 69 del Código de Procedimiento .....