DISPOSITIVA
Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTARTO DE PRESTAMO DE DINERO EN DOLARES, incoado por ciudadano EUCLIDES JOSE SANCHEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.575.126, asistida por el Abg. ANTONIO GAMBOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.326, contra OSWALDO DANIEL FARIA ANDRADE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.012.117 Y AGROPECUARIA SANTA ANA LA VICTORIA, C.A sociedad Mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 01 de octubre de 2010, bajo el Numero 08, Tomo 81-A, con ulteriores modificaciones; y Registro de información .....