Se ADMITE el Recurso de Apelación con fundamento en lo dispuesto en el artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto por el profesional del derecho ABG. FRANK B GARCÍA DÍAZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Función de Control del Estado Monagas, presidido por la Jueza ABG. DAYSI DEL VALLE MILLÁN ZABALA, en el asunto principal signado con el alfanumérico NP01-P-2014-000565, quien acordó MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano MICHEL JOSE FERNANDEZ RODRIGUEZ, Cedula de identidad 17.411.381, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal primero del Código Penal Vigente, en perjuicio de SIRO ANTONIO MARCANO (occiso).