III
DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la pretensión de exequátur contenida en la solicitud interpuesta por la ciudadana Milagros Celeste Caballero De Soder, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-11.179.370, debidamente representada judicialmente por los abogados Víctor Fernández y Pablo Camacho, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 56.498 y 212.639, respectivamente.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en esta sala de despacho del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Ar.....