PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 66 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admite TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía 16° Del Ministerio Publico De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, en fecha 13-11-2023, por los delitos de TRATO CRUEL EN ACCION CONTINUA, previsto y sancionado en el artículo 254 De La Ley Orgánica Para la Protección de Niño, Niña y Adolescente en concordancia con el artículo 99 Del Código penal con el AGRAVANTE del artículo 217 De La Ley Orgánica Para la Protección de Niño, Niña y Adolescente. TERCERO: Admitida la acusación TOTALMENTE, se impone al acusado MENDOZA GALLARDO JUAN ARTURO, titular de la cedula de identidad V.-7.211.867 del procedimiento especial por admisión de hechos establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, dicho acusado, sin coacción ni apremio y con conocimiento de las consecuencias jurídicas que ello implica, expone en alta y cla.....