Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declara Con lugar la apelación ejercida por la parte demandada. Se revoca la sentencia recurrida, de fecha 10 de mayo de 2010, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial.