Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 21/03/2018, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos ANDRÉS ALBERTO SÁNCHEZ COLMENARES y CIPRIANO RODRÍGUEZ, ya identificados, en contra de la sociedad mercantil BZS CONTRUCCIÓN, S.A., ya identificada, y en consecuencia SE CONDENA a la accionada, a cancelar a los demandantes, la cantidad determinada en la parte motiva de la presente decisión. TE.....