´REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
Maracay, 1º de Julio del 2.025
215º y 166º
Vista la anterior solicitud formulada por la ciudadana: SILVANA DI MARTINO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.627.371, abogada, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 301.346, actuando en nombre propio y representación y vista igualmente las declaraciones rendidas por las ciudadanos JHOANNELLYS ANGEIMAR ROJAS AGUILAR y DEYSE COROMOTO ZURITA MENDOZA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-27.630.224 y V-9.649.100, respectivamente, de este domicilio; este Tribunal, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA la ciudadana: SILVANA DI .....