Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ADMITE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, por la ciudadana DORIS CORCEGA MANRIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.441.913, asistida por los abogados JOSÉ DEL CARMEN BLANCO, ISABEL PÉREZ RODRÍGUEZ, JANINE PALACIOS GONZÁLEZ y JORGE DAVID BRAZÓN, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 26.495, 112.009, 103.216 y 130.216, respectivamente, en contra de los actos administrativos contenidos en la Circular Nº 01059-11 de fecha 1º de noviembre de 2011, emanada de la Subsecretaría de Educación del Gobierno del Distrito Capital y Punto de Cuenta Nº 108-6 de fecha 15 de febrero de 2011, dictado por la Jefa de Gobierno del Distrit.....