Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos, solicitada por la abogada Teresa Borges García, Inpreabogado Nro. 22.629, actuando en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES 2823, C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 00002180, dictada en fecha 23 de mayo de 2014 por la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, mediante la cual fijó el canon de arrendamiento y precio justo al apartamento 2-C, del Edificio Chimborazo, ubicado en la Avenida Principal de la Urbanización Santa Sofía, Municipio Baruta del estado Miranda, propiedad de la referida Sociedad Mercantil.