DECISION
En razón a las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, impartiendo Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesto por la entidad de trabajo CENTRO MEDICO, C.A, contra la orden de Reenganche y Pago de los Salarios Caídos y demás beneficios dejados de percibir por la ciudadana ALMEUDYS ESCOBAR MENESES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nº V- 25.355.425, declarada por auto de fecha 25 de septiembre de 2018, recaído en el expediente Nº 044-2018-01-00779, llevado por ante la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas. SEGUNDO: No hay Condenatoria en Costas, dada la naturaleza del fallo.