Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda incoada por CARMEN MATILDE BOZA PINTO en su carácter representante de la Sociedad Mercantil "CONSTRUCCIONES DEL CARIBE, S.A" contra RAFAEL EDUARDO COLMENARES por DESALOJO y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Desalojar el inmueble arrendado totalmente desocupado, solvente en los canon de arrendamiento y gastos comunes y en el mismo buen estado en que lo recibió.
SEGUNDO: Pagar las Pensiones de arrendamiento vencidas hasta la presente fecha, anteriormente descrita, las cuales ascienden a la cantidad de Cinco mil Seiscientos Ochenta y Ocho Bolívares (Bs. 5.688,00), así como las pensiones que se sigan venciendo desde la introducción de la presente demanda hasta que ocurra la definitiva devolución del inmueble arrend.....