D E C I S I O N
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara homologada la conciliación, a los fines de que alcance el carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada, habida entre los ciudadanos YADIRA SOBEIDA GAMBOA Y MARTIN ALBERTO LOPEZ DIAZ, en su carácter de progenitores de la niña (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITEN DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE ) de siete (07) meses de edad, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, y en armonía con el Articulo 76 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Así se decide.--------------------------------------------------------
Exhortando al padre plenamente identificado.....