Se publica el Texto Integro de la Sentencia Absolutoria que recae sobre el ciudadano CARLOS EDUARDO GONZALEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 22.620.386, de la comisión del delito de Violencia Sexual previsto y sancionado en el artículo 43, encabezamiento y Tercer Aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, con las Agravantes del artículo 77 en sus ordinales 1,5,8, 9 14 del Código Penal, por aplicación del principio procesal del IN DUBIO PRO REO, según el cual, LA FALTA DE CERTEZA PROBATORIA BENEFICIA AL REO. Se exonera a las partes del pago de las costas procesales a tenor de lo previsto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que establece la garantía de la gratuidad de la Justicia por parte del Estado. Se decreta el cese de la Medida de coerción Personal que pesa sobre el ciudadano CARLOS EDUARDO GONZALEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 22.620.386.-