Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-Aefectuada por los ciudadanos YAMELIS MILDRET ESPINOZA FLORES y JOSÉ MIGUEL GIL RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-8.454.152 y V-5.077.050 respectivamente y domiciliados en Caripito Municipio Bolívar del Estado Monagas. EN CONSECUENCIA: SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, en virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 28 de Junio de 1.980, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Bolívar del Estado Monagas, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio anotada con el número 99 marcada "A", co.....