Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL ACUERDO acordado, suscrito y aceptado por los ciudadanos TULIO DI GIORGIO JAEN, DANIEL RAGOT LANDEL y TERESE SIMONE MIGNIEN DE RAGOT, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Números V- 1.891.772 , V-3.155.822 y V-6.513.065, respectivamente, en los términos expuestos y SE LE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA..
Publíquese, regístrese, déjese copia y Certifíquese.
Dado Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Colonia Tovar al primero (01) del mes de Noviembre de Dos Mil Diez (2010).
200º y 151°
El Juez.
Abg. Gabriel Spadea Salerno
La Secr.....