declara INADMISIBLE POR CADUCA, la querella interpuesta por los abogados ALEXANDER GALLARDO PÉREZ, y OSCAR GUILARTE HERNÁNDEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 48.398 y 48.301, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano ENRIQUE ANTONIO RIVAS GONZÁLEZ, portador de la cédula de identidad Nro. 6.905.414, contra el acto contenido en el Punto De Cuenta Nro. 025, aprobado el 22 de enero de 2010, emanado de la Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, y notificado a través del Oficio Nro TSJ/GRHH018/10, de fecha 12 de febrero de 2010, mediante el cual se acordó la remoción y retiro del hoy querellante a partir del 12 de febrero de 2010, del cargo de Supervisor de Reproducción, adscrito a la Gerencia de Operaciones del Tribunal Supremo de Justicia.