Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ANDREINA VETENCOURT GIARDINELLA en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 04 de junio de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el juicio que por Cobro de Bolívares, sigue la Sociedad Mercantil VENEZOLANO DE CREDITO, S.A. Banco Universal, antes Banco Venezolano de Crédito S.A.C.A., contra el ciudadano JOSÉ RAMÓN PRADO PIÑATE, todos plenamente identificados.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 04 de junio de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito .....