Por los fundamentos de hecho y de derecho establecidos, configurados perfectamente en el presente caso, esto es, la falta de presentación en la oportunidad procesal correspondiente del escrito de formalización del Recurso de Apelación ejercido, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Aragua, declara: PRIMERO: PERECIDO el Recurso de Apelación ejercido por el ciudadano JOSE ANTONIO TORRES ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-19-137.203, asistido por la Abogada Gledis de Jesús García, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 113.493, en contra del contenido de la sentencia de fecha 24 de Septiembre de 2013, dictada por el Juzgado del Municipio Santos Michelena de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Y así se decide. SEGUNDO: Trascurrida como sea la oportunidad procesal para la interposición del Recurso a que hubiere lugar en contra de la presente decisi.....