Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos CARLOS IVAN RODRIGUEZ MEZA y OSENIA EUCARIS MONTES DE OCA DURAN, antes identificados, desde el día 19 de abril de 2008, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio asentada bajo el Nº 100, tomo Nº 2B, Folio 187, año 2008, de los libros de matrimonios llevados por ante el Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua.-