IV. DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional contenida en el escrito interpuesto por la ciudadana Neira María Vichez Morales, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-9.788.810, debidamente asistida por el abogado Héctor Castellanos, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No. 54.939, contra la sentencia de fecha 16 de noviembre de 2021 y dos (2) autos de fecha 18 de agosto de 2021, dictados por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el expediente No. 49.434 (nomenclatura de ese juzgado), correspondiente a un procedimiento incidental por es.....