Por todo lo anteriormente expuesto este tribunal Primero de control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado contra el imputado LUIS ALFREDO RIVAS MORENO, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVE, Y TORTURA previstos y sancionados en los artículos 415 del Código Penal vigente para el momento de la comisión del hecho y TORTURA, previsto y sancionado en el artículo 182 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUIS MEDINA GASPAR, en consecuencia se declara sin lugar la solicitud de sobreseimiento formulada por la defensa