SEGUNDO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA DEMANDA que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO que fuera incoada por BLANCO MARTÍNEZ, C.A. contra el ciudadano RONEL JOSÉ GONZÁLEZ BORGES, todos identificados anteriormente.
Se condena a la parte demandante al pago de las costas y costos del proceso, por haber resultado totalmente vencida en el proceso, conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena la notificación de las partes en virtud de que la presente decisión se dicta fuera del lapso de diferimiento acordado.
Publíquese y regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los dos (.....