Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 10 de Diciembre del año 2.009, a través del Procedimiento por Admisión de los Hechos contemplado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal; mediante la cual CONDENO al ciudadano JHONATAN JOSÉ GUANARE BERMUDEZ, de Nacionalidad Venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, donde nació en fecha 03/09/1990, de 18 años, indocumentado pero dice ser titular de la Cédula de Identidad N° V-23.535.166, Ocupación Obrero, hijo de Marisela Bermúdez (F) de, de Estado Civil Soltero y domiciliado Las Cocuizas, calle 5 La tijera, Casa Nº 40, a una cuadra de la Bodega "Cristina" de esta ciudad Maturín Estado Monagas.; actualmente con una Medida Cautelar; a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON previsto y sancionado en los artículos 456 del Códi.....