Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en La Victoria, en fecha 16 de febrero de 2016, y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano PATRICIA ANA JAMES ALEXANDER, ya identificado, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº. Nº 00-2014, dictada en fecha 03 de noviembre DE 2014, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS AUTONOMOS DE RIBAS, SANTOS MICHELENA, REVENGA, TOVAR, Y BOLIVAR DEL ESTADO ARAGUA, en el expediente N° 037-2010-01-00620 (nomenclatura de ese ente), mediante el c.....