En este estado, siendo las 11:10 de la mañana, el Tribunal, vista la comisión conferida por el Juzgado de la causa, así como el principio constitucional a la tutela judicial efectiva, previsto en el artículo 26 de la Carta Magna que garantiza entre otros supuestos, la ejecución efectiva de las medidas preventivas y ejecutivas dictadas por los Tribunales de la República, Declaró Secuestrado el inmueble constituido por un Galpón Industrial identificado con el N° 18, ubicado en Avenida Intercomunal Maracay ¿Turmero, Calle La Industria, Parcela 22, Sector La Providencia, municipio Santiago Mariño del estado Aragua, valorado prudencialmente por el practico designado por el Tribunal, en la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES FUERTES (BsF. 2.000.000,oo) y en consecuencia se colocó el mismo en guarda y custodia de la Depositaria Judicial La Nacional por intermedio de su Apoderado Judicial, ciudadano Gustavo Fischer.