Por lo tanto, este Tribunal Tercero de los Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por JORGE LUIS PRIETO VALERO y MONSALVE RIVAS NAUDIS NAHIR, antes identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Prefectura del Municipio Mario Briceño Iragorry, Distrito Girardot, del Estado Aragua, Según Acta de Matrimonio signada con el N° 468, Tomo C, fecha 19 de Diciembre de 1977. Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.
Liquídese la Comunidad Conyugal.
Publíquese y Regístrese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR.....