Por las razones anteriormente expuestas y de conformidad con lo establecido en el artículo 131 anteriormente señalado, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, con sede en La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada, por el ciudadano GILBERTO GERONIMO LUCENA MORILLO, titular de la cedula de identidad Nº 10.053.484, condenándose a la parte demandada INVERSIONES DIMAR, a pagar la cantidad de CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO (Bs. 5.369.794,45).