POR LAS RAZONES ANTERIORMENTE EXPUESTAS ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA PRETENSION DE DESALOJO. EN CONSECUENCIA SE ORDENA LA ENTREGA DEL INMUEBLE CONSTITUIDO POR UN APARTAMENTO DISTINGUIDO CON EL N° 11-D, PISO 11, DEL EDIFICIO CUNAVICHE, UBICADO EN LA URBANIZACION BASE ARAGUA, MARACAY, ESTADO ARAGUA, LIBRE DE BIENES Y PERSONAS. SEGUNDO: SE CONDENA A LA DEMANDADA, CIUDADANA NATACHA RODRIGUEZ BRACHO, PLENAMENTE IDENTIFICADA EN AUTOS, AL PAGO DE LA CANTIDAD CORRESPONDIENTE POR CONCEPTO DE LOS CANÓNES DE ARRENDAMIENTOS VENCIDOS, INSOLUTOS HASTA LA FECHA DEL PRESENTE FALLO. ASÍ COMO EL PAGO DEL MONTO CORRESPONDIENTE A LOS SERVICIOS PUBLICOS INSOLUTOS PRESTADOS AL INMUEBLE HASTA LA FECHA DE QUE ESTA DECISION ADQUIERA FIRMEZA, TOMADO COMO BASE LO ESTIPULADO EN EL CONTRATO QUE RIELA DE LOS FOLIO.....