El Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley EMBARGA EJECUTIVAMENTE los bienes muebles indicados por la parte ejecutante, hasta por la cantidad de Bs. 40.470,00 Bs, desposesionándolo jurídicamente del patrimonio de la demandada y colocándolos en posesión del depositario judicial RAMON REQUENA titular de la cédula de identidad N° V – 7.247.348 representante de la Depositaria Judicial La Nacional C.A expone: "recibo conforme los bienes muebles objeto de embargo ejecutivo en el estado en que se encuentra, obligándome conforme a las leyes al resguardo y conservación de los mismos en nombre de mi representada Depositaria Judicial La Nacional C.A, es todo". La Secretaria da lectura a la presente acta y el tribunal hace constar que no hay observación ni reclamo contra la misma y, que carece de enmiendas y tachaduras. El tribunal deja constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún.....