Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 18 de marzo de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera de Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta por el ciudadano CARLOS ALBERTO CÓRDOVA DÍAZ, ya identificado, contra la sociedad mercantil AGRO-CONSORCIO OROGRAIN, C.A., ya identificada. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.