D E C I S I O N
Por todo lo antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad
de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, formulada por los ciudadanos: CARLOS FRANCISCO ABREU
ALVAREZ y YILIANA ERUBI CASANOVA GUTIERREZ,
venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.210.329 y V-7.270.237 respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Joaquín Crespo, Municipio Autónomo Girardot del
estado Aragua (hoy Registro Civil del Municipio Girardot del estado Arag.....