Por todas las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR a la solicitud de Rectificación de las siguientes ACTAS:
1.- ACTA DE MATRIMONIO Signada con el Número: 17, de fecha 27 de Febrero de 1959, expedida por El Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el acta en cuestión donde se lee "HUMBERTO PASTORI MOIZZI", lo correcto debe leerse: "UMBERTO PASTORI MUIZZI", lo cual debe tenerse como correcto y probado. –
2.- ACTA DE NACIMIENTO Signada con el Número: 1334, FOLIO 141, TOMO 02, AÑO 1963, expedida por el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del estado Aragua, en el.....