III. DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes transcritos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano CÓSIMO MIGLIÓNICO CUTRONE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-8.738.157, contra el auto de fecha 11 de febrero de 2025 que negó oír la apelación interpuesta contra la sentencia de fecha 5 de diciembre de 2024, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el expediente No. 8899 (Nomenclatura de ese juzgado).
SEGUNDO: SE ORDENA al juzgado a quo oír en ambos efectos la apelación interpuesta por la parte recurrente, en fecha 22 de enero de 2025, tal y como lo establece el artículo 291 del Código de Procedi.....