DECLARA el Beneficio de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo, al penado CARLOS JAVIER VASQUEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.782.785, ampliamente identificado en autos anteriores; según lo establecido en el Artículo 03 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un día de reclusión por dos de trabajo, quedando la pena impuesta que originalmente fue de OCHO (08) AÑOS DE PRISION; en SEIS (06) AÑOS, OCHO (08) MESES, VEINTISEIS (26) DIAS y DOCE (12) HORAS DE PRISION. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 05 y 06 ejusdem.