Después de un largo debate conjuntamente con la jueza, la representación de la demandada, desconoce la relación de trabajo del actor mas sin embargo en aras de poner fin al presente juicio, acordamos ofrecer por concepto por indemnización única al ciudadano: FREDDY CASTILLO, por la cantidad de VEINTIUN MIL BOLÍVARES FUERTES SIN CÉNTIMOS (Bs. F. 21.000,00), pagaderos de la siguiente manera, en tres partes de cinco mil bolívares fuerte y un cuarto y ultimo pago por la cantidad de seis mil bolívares: en la siguientes fechas: el primero el 30-10-2009, el segundo el 30-11-2009 el tercero el 19-12-2009 y el ultimo pago el 30-01-2010, todos los pagos por ante este tribunal, ofrecimiento este aceptado por el actor, con la finalidad de poner fin a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoaran el ciudadano FREDDY CASTILLO, plenamente identificados ut supra, contra la empresa "ASOCIACION COOPERATIVA DE TRANSPORTE DE CONDUCTORES DE CAMATAGUA". Ahora bien la ciudadana jueza una .....