D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los ciudadanos BELKIS DEL CARMEN SANCHEZ DE GASSETTE Y LUIS ARMANDO GASSETTE VALDEZ; venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V- 5.101.151 y V-2.157.652 respectivamente., debidamente asistidos por la ciudadana: SILVIA RIVAS. Abogada e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 31.906. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal, que contrajeron, en fecha diecinueve (19) de agosto de mil novecientos setenta y seis (1976)