II
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE EN RAZON DE LA CUANTIA, para conocer, sustanciar y resolver la presente demanda de DESALOJO (LOCAL COMERCIAL), interpuesta por la Sociedad Mercantil INVERSIONES CANAIMA 2015 C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo del estado Aragua, en fecha 28 de mayo de 2015, quedando anotado bajo el N° 41, Tomo 72-A, representada legalmente por su presidente CARLOS EDUARDO YOSNAIBER TOVAR MARQUINA, identificado con la cedula de identidad N° V-7.248.510 y judicialmente por el abogado FRANCISCO JAVIER HERNANDEZ FALCON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 279.512, según consta de Poder Especial otorgado por ante la Notaria Pública Segunda de Maracay estado Arag.....