Seguidamente siendo las 03:00 p.m., y no encontrándose presente ninguna de las partes; este Tribunal procede a dictar el dispositivo del fallo en los siguientes términos: Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana CARMEN ELENA MACHADO, debidamente asistida en este acto por el abogado GEREMIAS FIGUEROA en contra de los ciudadanos MIRIAM MACHADO y LANCELOT DEMOND CHAN MACEDO, el primero de los agraviantes se encuentra asistido por el abogado DIB JOSE MUSSA, y el segundo de los agraviantes se encuentra representado por su apoderado judicial abogado YOBAN SIMOSA; y en consecuencia se confirma la medida cautelar innominada decretada. Así se declara.
En relación a la motiva del fallo el Tribunal se reserva el lapso de cinco días para la publicación .....