En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LA ACCION de COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES interpuesto por la ciudadana EMPERATRIZ SUAREZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 8.678.229, actuando en su propio nombre y representación por ser abogado en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 40.248, contra la ciudadana MARIA VICTORIA ARVELO HORMIGA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 6.251.214