II
DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA, sobre la solicitud de Partición de Bienes de la Comunidad Conyugal presentada por los ciudadanos: MARIA LUISA ANTICH MATEU y EMILIO CIPRIANO ROBLES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros.V-7.200.736. Y V-9.972.631, respectivamente.
SEGUNDO: DECLINA el conocimiento de la presente causa contentiva de Partición de Bienes de la Comunidad Conyugal al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
TERCERO: Se ordena remitir el presente expediente al Tribunal distribuidor de turno del Municipio.....