En fuerza de lo expuesto este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, una vez verificado que no existe violación de norma de orden público, declara PERIMIDA la instancia en la solicitud del procedimiento por intimación interpuesta los abogados María Carolina Solórzano P., y Andrés Ramírez Díaz, actuando como apoderados judiciales de "MC. MASTER COMMUNICATION, C.A." Sociedad Mercantil, contra la Alcaldía del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda.