Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra de la decisión dictada en fecha 26 de junio de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano WILMER ARGENIS PINEDA OJEDA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.944.345, contra el ciudadano NELSON LIRA ARELLAN y solidariamente contra la asociación civil UNIÓN COROMOTO. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.