Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL incoada por los ciudadanos JOAO DA CONCEICAO RODRIGUEZ ROSA Y MARIA ELENA MAZA DE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.578.503 y V-5.690.407, respectivamente, dirigiendo su pretensión en contra de la Sociedad Mercantil "ESTACIONAMIENTO GRUIAS CENTRALES 2011, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el N° 17, Tomo 96-A, de fecha 18 de Septiembre de 2013, representada por el ciudadano JONATHAN ALBERTO MIÑO FAGUNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.139.542.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior.....